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Colaborador Invitado / Isabel Crowley: Red consular por la infancia

Después de dejar su comunidad serrana en el estado de Michoacán, al centro-oeste del territorio mexicano, Sebastián atravesó el país hasta alcanzar la frontera norte de México con Estados Unidos.


A sus 14 años de edad, Sebastián nunca había salido de la pequeña ranchería donde todos y cada uno de los habitantes se conocen y saludan por su nombre cuando se cruzan en la calle. El contraste entre la calma de su pueblo y el acelerado ritmo de las ciudades por las que atravesó en su ruta le generaba una combinación de entusiasmo y temor.


Su objetivo era llegar a Chicago donde se reuniría con su padre, a quien no había visto desde que era un niño de 7 años. Cruzó el río Bravo en una improvisada llanta de auto, igual que lo hicieron los hombres y mujeres de diversas edades que se fueron incorporando al grupo conforme avanzaba rumbo al norte. Una vez que se encontró del lado estadounidense, el grupo se dispersó y Sebastián se vio solo, desconcertado y asustado.


Como pasa con muchos niños y niñas que emprenden la travesía migratoria de manera irregular, Sebastián fue detenido por las autoridades de migración y llevado ante un oficial consular mexicano de una pequeña ciudad fronteriza de Estados Unidos.


Cansado, con hambre y asustado, no tenía la menor idea de qué le esperaba ahora que se había separado del grupo de personas quienes -aunque extrañas- habían sido sus compañeros de ruta.

Si bien la migración tiene efectos positivos en el nivel de vida de las personas y en el desarrollo de los países, también afecta negativamente en particular a los migrantes en situación irregular y en concreto a los niños, niñas y adolescentes, quienes durante todo el proceso migratorio enfrentan escenarios que vulneran sus derechos y afectan su desarrollo: arriesgan su integridad física, psicológica e incluso su vida.


Los derechos de la infancia que se ven afectados por la migración están protegidos por la Convención sobre los Derechos del Niño (CDN) así como por el conjunto de tratados internacionales de derechos humanos y por la nueva Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes. Estos tratados deben ser cabalmente cumplidos por los Estados Parte, independientemente del estatus migratorio del niño, su origen, su nacionalidad o su edad.


Además, México cuenta ahora con un Protocolo para la atención consular de niños, niñas y adolescentes migrantes; se trata de un documento desarrollado por la Secretaría de Relaciones Exteriores en coordinación con UNICEF, y que coloca la protección de los derechos como una prioridad por encima del trámite administrativo.


Contiene una caja de herramientas con fichas informativas para que el personal consular sepa cómo actuar en función de la edad, género y grado de desarrollo de los niños que viajan solos.

La capacitación para el uso de este protocolo permitirá conocer técnicas para entrevistar a los niños y niñas, pero sobre todo para que las oficinas consulares tengan un ambiente amigable a la infancia.

Incluye, además, un sistema llamado RapidFTR, facilitado por UNICEF, para realizar el registro de la información de niños, niñas y adolescentes migrantes no acompañados.


De esta manera, los oficiales consulares tendrán mayor información para detectar posibles situaciones de violación de derechos de la niñez migrante y canalizar esos casos a las instituciones correspondientes para su atención.


El desafío es utilizar el protocolo en todas las representaciones consulares en el exterior, por lo que es necesario capacitar a su personal, poner en marcha acciones de diplomacia consular para la activación de redes institucionales de protección en México y el extranjero, así como evaluar los resultados del uso de protocolo en la protección de los derechos de niñas, niños y adolescentes migrantes.


La autora es Representante de UNICEF México.


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